¿Cómo saber si soy beneficiario del subsidio de combustible de S/4?

¿Quieres saber si te corresponde el subsidio de S/4 por galón? Conoce quiénes pueden acceder, requisitos, combustible incluido, fechas y cómo verificar si eres beneficiario.

El subsidio de S/4 por galón de combustible ha generado interés entre los transportistas que buscan conocer si pueden acceder a este beneficio anunciado en Perú. Sin embargo, no todas las personas que compran combustible pueden recibirlo, por lo que es importante revisar las condiciones establecidas.

Si quieres saber cómo verificar si eres beneficiario, qué tipo de combustible contempla la medida y cuáles son las condiciones que se deben cumplir, en esta nota te explicamos los principales detalles para que puedas identificar si te corresponde el subsidio.

¿Quiénes pueden acceder al subsidio de S/4 por galón?

Según el Decreto de Urgencia N.° 007-2026, el subsidio está dirigido a determinados transportistas de servicio público, no a cualquier persona que compre combustible. Pueden acceder quienes brindan transporte regular de personas en los ámbitos nacional, regional o provincial, así como quienes realizan transporte público terrestre de mercancías.

Para acceder, el transportista debe contar con autorización vigente para prestar el servicio y tener vehículos habilitados al momento de entrada en vigencia de la norma. Además, debe mantener su RUC activo y en condición de habido, y acreditar las compras mediante comprobantes de pago electrónicos por diésel B5 o diésel B20 adquirido a proveedores registrados.

¿El subsidio aplica a todos los transportistas del Perú?

No. El subsidio de S/4 por galón no aplica a todos los transportistas del Perú. El Decreto de Urgencia N.° 007-2026 establece que el beneficio está dirigido a determinados transportistas de servicio público de transporte terrestre regular de pasajeros y de transporte público de mercancías, siempre que cumplan las condiciones establecidas en la norma.

  • Transporte regular de pasajeros: comprende los servicios de ámbito nacional, regional y provincial.
  • Transporte de mercancías: también pueden acceder los transportistas que realizan servicio público terrestre de mercancías.
  • Lima y Callao: los operadores autorizados por la ATU tienen un mecanismo específico denominado META-Lima y Callao, por lo que no acceden al META-Nacional.
  • No todos están incluidos: quedan fuera, entre otros, los transportistas que prestan servicios públicos de transporte regular de personas concesionados bajo normas de promoción de la inversión privada.
    Además, el transportista debe cumplir las condiciones de autorización y habilitación vehicular previstas por la norma.

Actualmente, la ATU ya habilitó el registro de solicitudes para el META-Nacional, dirigido a transportistas de pasajeros y mercancías de ámbito nacional, regional y provincial que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos deben cumplir los transportistas para recibirlo?

Para acceder al beneficio, el transportista debe contar con autorización vigente para prestar el servicio público correspondiente y tener vehículos con habilitación vigente. Estos títulos deben figurar en los registros o sistemas de las autoridades competentes para que puedan ser validados al momento de solicitar el subsidio.

Además, debe mantener su RUC activo y en condición de habido y acreditar la compra del combustible mediante comprobantes de pago electrónicos. Las adquisiciones deben corresponder al combustible contemplado por la medida y realizarse a proveedores que cuenten con inscripción vigente en el Registro de Hidrocarburos de Osinergmin.

¿Cuánto dinero puede recibir cada transportista?

El subsidio consiste en S/4 por cada galón de diésel B5 o diésel B20 de uso vehicular adquirido, pero el monto que puede recibir cada transportista no es ilimitado. La norma establece un máximo de galones reconocidos por vehículo en cada periodo, por lo que el beneficio final depende del tipo de vehículo y del combustible efectivamente comprado.

De acuerdo con los topes establecidos, el máximo reconocido por vehículo y periodo es de 674,65 galones para M2, 1.915,41 para M3, 552,52 para N1, 888,45 para N2 y 1.412,54 para N3. Al multiplicar cada límite por S/4, el monto máximo teórico por periodo sería de S/2.698,60, S/7.661,64, S/2.210,08, S/3.553,80 y S/5.650,16, respectivamente.

¿Qué tipo de combustible está incluido en el subsidio?

El subsidio de S/4 por galón comprende el diésel B5 y el diésel B20 de uso vehicular, de acuerdo con el Decreto de Urgencia N.° 007-2026. Por ello, no se trata de un beneficio aplicable a cualquier tipo de combustible, sino únicamente a los productos expresamente contemplados en la norma.

Para que la compra pueda ser considerada, el combustible debe haber sido adquirido a proveedores inscritos en el Registro de Hidrocarburos de Osinergmin y la operación debe estar respaldada mediante comprobantes de pago electrónicos. Además, el comprobante debe identificar correctamente el combustible como diésel B5 o diésel B20 de uso vehicular.

¿Hasta cuándo estará vigente?

El subsidio de S/4 por galón tendrá una duración de tres meses, de acuerdo con el Decreto de Urgencia N.° 007-2026. El beneficio se aplica a tres periodos consecutivos, por lo que no se trata de una ayuda permanente para los transportistas.

El primer periodo va del 16 de agosto al 15 de septiembre de 2026, el segundo del 16 de septiembre al 15 de octubre y el tercero del 16 de octubre al 15 de noviembre de 2026. Por tanto, las adquisiciones comprendidas en el subsidio llegan hasta el 15 de noviembre de 2026, mientras que los procedimientos de reconocimiento y pago deben culminar dentro del año fiscal 2026.

¿En qué regiones se aplica este subsidio de combustible de S/4?

El subsidio de S/4 por galón tiene alcance nacional, pero no significa que todos los transportistas de cada región reciban automáticamente el beneficio. El META-Nacional comprende a transportistas de servicio público de transporte regular de personas en los ámbitos nacional, regional y provincial, además del transporte público terrestre de mercancías.

  • Ámbito nacional: interviene el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
  • Ámbito regional: la autorización corresponde al Gobierno Regional respectivo.
  • Ámbito provincial: interviene la Municipalidad Provincial correspondiente.
  • Lima y Callao: cuentan con un mecanismo diferenciado, denominado META-Lima y Callao, administrado operativamente por la ATU.
  • Por ello, no existe una lista limitada de departamentos beneficiarios: la medida está diseñada para aplicarse en el territorio nacional, siempre que el transportista cumpla las condiciones establecidas.

¿Desde cuándo se puede solicitar el subsidio de S/4 por galón?

Es más preciso porque las compras que generan el derecho al subsidio se consideran desde el 16 de agosto de 2026, pero el registro de solicitudes para el primer periodo comenzó el 16 de septiembre de 2026.

¿Cómo sé si soy beneficiario del subsidio de combustible de S/4?

Para saber si eres beneficiario, no basta con haber comprado combustible. Debes pertenecer a uno de los grupos de transportistas contemplados por el programa y cumplir las condiciones establecidas en el Decreto de Urgencia N.° 007-2026.

En el caso del META-Nacional, puedes verificarlo revisando principalmente:

  • Si cuentas con autorización vigente para prestar el servicio público de transporte correspondiente.
  • Si tu vehículo tiene habilitación vigente ante la autoridad competente.
  • Si tu RUC figura como activo y habido.
  • Si realizaste compras de diésel B5 o diésel B20 de uso vehicular durante alguno de los periodos establecidos.
  • Si cuentas con comprobantes de pago electrónicos que acrediten esas compras y que contengan los datos exigidos, como la placa del vehículo y la descripción del combustible.
  • Si el combustible fue adquirido a un proveedor inscrito en el Registro de Hidrocarburos de Osinergmin.

Además, la norma establece que la ATU recibe las solicitudes y realiza la validación de la información. La relación de operadores beneficiarios y los montos otorgados será publicada posteriormente en la sede digital de la ATU.

¿Cómo solicitar el subsidio de S/4 por galón paso a paso?

Porque este subsidio no funciona como un bono que cualquier ciudadano solicita con su DNI. Está diseñado específicamente para transportistas que cumplen determinadas condiciones, por eso primero se verifica que el operador y sus vehículos estén autorizados.

  • No es una afiliación abierta al público.
  • El transportista debe estar autorizado para prestar el servicio.
  • El vehículo debe contar con habilitación vigente.
  • Debe cumplir las condiciones tributarias y documentarias exigidas.
  • Las compras de combustible deben poder acreditarse mediante comprobantes electrónicos.
  • Luego se presenta la información en la Plataforma Digital de Subsidio para su validación.

Por eso, si una persona particular entra a la plataforma pero no pertenece a los servicios de transporte incluidos en la norma, no significa que pueda registrarse simplemente para recibir los S/4 por galón.

¿Cómo afiliarme para recibir este subsidio de combustible de S/4?

Sí. Para el subsidio de S/4 por galón del META-Nacional, la solicitud se realiza mediante la Plataforma Digital de Subsidio (PDS) de la ATU. La propia ATU señala que esta plataforma recibe las solicitudes de transportistas de los ámbitos nacional, regional y provincial, además del transporte público de mercancías.

Puedes ingresar aquí: Plataforma Digital de Subsidio de la ATU

Ahí debes presentar la solicitud y sustentar las compras de combustible con comprobantes de pago electrónicos. La información queda sujeta a la validación de la ATU y de las entidades correspondientes.

También puedes revisar la información oficial y los instructivos de la ATU: Información oficial de la ATU sobre el subsidio

Importante: no es una afiliación abierta para cualquier ciudadano. Primero debes cumplir las condiciones del programa, como contar con autorización y habilitación vehicular vigente, y luego presentar la solicitud correspondiente.

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